Código de conducta y buenas prácticas éticas
El propósito de este Código de Ética es definir los principios generales sobre los cuales se basan las responsabilidades de los editores, comité editorial y árbitros externos, investigadores y especialistas que laboran y/o publican en las revistas del CENSA. Los comités editoriales de las revistas solicitan que los autores deben considerar este Código en su Conducta Profesional vinculada a la publicación de la Investigación Científica.
La revista velará por garantizar en todo momento la calidad de sus contenidos y el buen ejercicio de las prácticas éticas por parte de cada uno de los actores que participan en la publicación. A continuación se presenta el Código de Conducta y Buenas Prácticas Éticas que sigue la revista y está basado en las Directrices sobre Buenas Prácticas para Publicaciones desarrolladas por el Committee on Publication Ethics (COPE).
Además, la revista se acoge a los Principios de Transparencia y Mejores Prácticas en Publicaciones Académicas emitidos por el Comité de Ética de la Publicación (COPE), el Directorio de Revistas de Acceso Abierto (DOAJ), la Asociación de Editores Académicos de Acceso Abierto (OASPA) y la Asociación Mundial de Editores Médicos (WAME).
Ante la sospecha o incumplimiento de algunas de las buenas prácticas éticas establecidas en el presente Código, se procederá según lo orientado en las Prácticas Centrales y los Diagramas de Flujo del Committee on Publication Ethics (COPE) para cada caso. Frente a la sospecha o detección de nuevas malas prácticas éticas que no se encuentran declaradas en este Código de Conducta, se procederá a evaluar lo dispuesto por el Committee on Publication Ethics (COPE) en su Código de Conducta, y en correspondencia se actuará según lo establecido para el actuar deshonesto detectado.
I- PREÁMBULO
Todas las disciplinas científicas, tanto las relativas a las ciencias naturales como a las sociales o a las humanidades, han contribuido al avance en el conocimiento y al progreso de la vida material. La ciencia en su devenir histórico ha trascendido etapas en las que el hombre se ha convertido en su eje principal.
Las generaciones presentes son responsables ante las generaciones futuras del mundo que dejaremos, de ahí que los científicos tengan que fomentar de manera especial la reflexión ética para que las extraordinarias posibilidades derivadas de la investigación científica contribuyan a mejorar las condiciones de vida en el futuro, y no a su deterioro.
Aunque el científico y la Institución no sean directamente responsables del uso que pudiera hacerse de los conocimientos que aportan al acervo común, evitarán involucrarse en proyectos y en la difusión de información cuando se sospeche puedan ser utilizados con fines inconvenientes.
La investigación, por ende, debe ser transparente. El científico tiene que estar siempre dispuesto a dar razón de su trabajo, pues reconoce, por un lado, la importancia de la opinión de sus pares para la valoración de sus descubrimientos y, por otro, el impacto social de la actividad científica.
El Código deberá ser un instrumento capaz de promover y garantizar la integridad y la calidad de la investigación científica que se publica en las revistas del Centro Nacional de Sanidad Agropecuaria (CENSA).
II. DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS
La siguiente declaración de principios deberá guiar a los publicistas (editoras), autores, Comité editorial de las revistas y al Comité de redacción y árbitros (expertos que no formen parte del comité editorial, pero hacen funciones de árbitros) en sus variados roles y niveles de responsabilidad, en los que funciona profesionalmente.
Casa Editora, editores, comité editorial, comité de redacción, árbitros externos y autores deben:
1. Actuar con honor y de acuerdo con las máximas reglas de integridad profesional.
2. Guiarse por los parámetros que rigen la práctica académica.
3. Promover de forma ejemplar las normas éticas para la investigación y la actividad académica.
4. Conducir el trabajo en forma objetiva.
5. Comunicar la información de manera responsable.
6. Presentar juicios científicos o profesionales revelando el grado de fundamentación en los resultados.
8. Evitar emitir opiniones influenciadas por un conflicto de interés.
9. No involucrarse de ninguna manera en publicidad que sea falsa, fraudulenta o engañosa.
Código de conducta de la editorial (o publicista) de las revistas:
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Definir las relaciones entre publicistas, editor y otras partes interesadas o que actúan en el proceso editorial a través de diferentes contratos (diseñadores, operarios y directivos de las editoras)
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Respetar la privacidad (para los participantes en las investigaciones, los autores y los árbitros)
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Respetar lo establecido como norma en lo referido al derecho de autor.
La casa editora debe trabajar con los editores de la revista para:
Establecer las políticas de revista apropiadamente y aspirar a cubrir esas políticas, particularmente con respecto a:
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Independencia de redacción
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Las éticas de investigación, incluyendo la confidencialidad, el consentimiento, y los requisitos especiales para el ser humano y la investigación con animales
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Autoría
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La transparencia e integridad (dejar bien establecido los conflictos de intereses, la financiación de investigación, otras)
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Trabajar en grupo y que se respete el papel del equipo de redacción
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Dar solución adecuada a los llamamientos y quejas
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Comunicar las políticas de las revistas
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Examinar periódicamente las políticas de revista (tomando atención a los fenómenos que van surgiendo en el marco del Open Access)
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Establecer el código de conducta para editores y las buenas prácticas
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Mantener la integridad del registro académico
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Publicar las rectificaciones, las aclaraciones y las retractaciones
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Divulgar el contenido sobre una base en el momento oportuno
Los editores deben:
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Aceptar o rechazar un artículo, fundamentado en la importancia del artículo, así como la originalidad, claridad, validez del estudio y su relevancia para la revista en cuestión. En este acto debe primar el ejercicio responsable y prudente, que hacen que el editor solicite criterios a expertos, elegidos por su pericia y buen criterio, respecto a la calidad y la confiabilidad de manuscritos presentados para la publicación normalmente. Sin embargo, los manuscritos pueden ser rechazados sin la evaluación externa, si los editores consideran que son inapropiados para la revista.
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Dar la consideración imparcial a todos los manuscritos ofrecidos por la publicación, juzgando cada uno en relación con sus méritos, sin discriminar los manuscritos por el país de origen, raza, religión, nacionalidad, las relaciones sexuales, la antigüedad o la afiliación institucional del escritor (s).
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Tener en cuenta las relaciones del manuscrito inmediatamente con otros sometidos por esos autores antes u ofrecidos simultáneamente a otras revistas.
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Considerar los manuscritos presentados para la publicación con toda la celeridad razonable.
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No deben revelar información sobre un manuscrito en estudio a personas que no estén involucradas en la revisión del mismo.
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Respetar la intelectual e independencia de escritores
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Enviar a los editores asociados los manuscritos creados por un editor para la revista, para que los evalúen y sitúen los árbitros correspondientes, ya que la valoración de su propio manuscrito por el editor constituiría un conflicto de intereses
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No usar en la investigación propia la información inédita, los argumentos o las interpretaciones reveladas en un manuscrito presentado a la revista, excepto cuando este posea el consentimiento del escritor.
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Facilitar la publicación de un informe apropiado apuntando el error y, si es posible, corrigiéndolo en caso que se presenten pruebas convincentes de que la esencia principal o las conclusiones de un artículo publicado en la revista son erróneas. El informe puede ser escrito por la persona que descubrió el error o por un escritor original.
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Trabajar en el mejoramiento continuo de la revista.
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Favorecer iniciativas para educar a los investigadores acerca de la ética a mantener en la publicación
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Publicar las guías o normas para los autores con todos los detalles posibles que hagan que los autores puedan elaborar un artículo adecuado. Estas guías o normas deben ser revisadas y actualizadas regularmente.
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Proveer a los revisores las guías de evaluación de los artículos
Todos los miembros del Comité editorial y Comité de redacción de la revista deben:
1. Respetar los derechos y la reputación de los autores, así como respetar la privacidad, en caso que lo requieran sus resultados.
2. No inferir falsamente el patrocinio o la certificación de la institución
3. Buscar aprobación de la dirección del centro para dar publicidad, por medios escritos o audiovisuales, de la proyección o actividad de la revista.
(1). Esto se refiere especialmente a situaciones en las que un investigador intenta beneficiarse financiera o profesionalmente con una decisión de la que él o ella participa. Se deberá dar a conocer íntegramente cualquier potencial conflicto de interés. Diversas situaciones pueden ser causa de conflictos de intereses (autores), pues la interpretación de los resultados pueden estar influenciados por: relaciones laborales, relaciones comerciales, relaciones financieras, consultorías, otras causas. Otros conflictos de intereses pueden surgir con los revisores por: relaciones interpersonales, filiales, otras causas.
Los árbitros deben comprometerse a:
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Aceptar la revisión de los manuscritos cuando son expertos en el tema verdaderamente y pueden hacer un avalúo correcto y objetivo del contenido; además de poder cumplir con los tiempos de trabajo asignado para la evaluación.
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Respetar la confidencialidad del proceso peer review y no revelar los detalles del manuscrito y su revisión, durante o después del proceso de revisión y más allá del tiempo en que sea publicado.
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No utilizar la información obtenida durante el proceso de revisión para su persona, o para alguna persona de su institución, para tomar ventajas, desventajas o descrédito de terceros.
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Declarar todos los potenciales conflictos de intereses.
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No permitir que su revisión esté influenciada por el origen del manuscrito por nacionalidad, creencias políticas y religiosas, género u otra característica de los autores o por consideraciones comerciales, haciendo una valoración justa de los resultados.
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Hacer la revisión explicando de forma adecuada al editor y los autores sus juicios del trabajo para que se puedan comprender sus comentarios.
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Alertar al editor cuando en un artículo que revisa se refieren resultados relevantes obtenidos por otros científicos, así como de cualquier semejanza cuantiosa entre el manuscrito en estudio y cualquier trabajo publicado o manuscrito sometido a otra revista simultáneamente.
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Cumplir con el plazo dado por el editor para hacer la revisión o notificarle a este en caso de no poder cumplir con el plazo.
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Ser objetivos y constructivos en su revisión, no haciendo comentarios agresivos, difamatorios u hostiles.
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Notificar a editores con respecto a manuscritos que informan sobre investigación que, sobre la base del conocimiento en curso, puede proveer, razonablemente, conocimientos, productos o tecnologías que podrían ser empleados por otros de forma inadecuada y constituirse en amenazas para la salud pública y la inocuidad de las cosechas agrícolas y otras plantas, los animales y el ambiente.
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Proveer a la Revista de la información personal y profesional exacta y verídica de su experticia.
Obligaciones éticas de los autores
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La obligación principal de un autor o autores es presentar una descripción exacta y completa de la investigación llevada a cabo, incluyendo los datos, haciendo una discusión objetiva de la trascendencia de la investigación, haciendo uso de la honestidad personal e integridad profesional que lo debe caracterizar. El informe de investigación y los datos coleccionados deben contener el detalle suficiente y la referencia a fuentes públicas de la información, de manera que permita a un profesional entrenado reproducir las observaciones experimentales.
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Asegurar a la Revista que el artículo que se presenta, o ninguna de sus partes, se haya publicado con anterioridad (excepto en forma de resúmenes o notas de prensa) y que no se someterá a la consideración de otro medio para su publicación, sin el conocimiento previo de la revista.
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El envío y la publicación de un artículo en una revista significa costo (tiempo y espacio) para la revista, editores y revisores, de ahí que el autor debe utilizar ese “costo” económica y sabiamente, remitiendo artículos concretos y objetivos.
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No someter artículos fraudulentos, duplicados; no cometer plagios, evitando la fragmentación de los reportes. La fragmentación consume espacio y tiempo de trabajo en las revistas.
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Los coautores de un reporte (publicación) deben ser las personas que hicieron aportes científicos significativos, los que comparten, además, la responsabilidad con los resultados que contiene el artículo. Otros tipos de contribuciones, no inherentes a los resultados científicos, como administrativas, traducciones y otras, deben ser reconocidas en la sesión de agradecimientos. El nombre de personas fallecidas puede aparecer en la lista de autores, pero se debe significar en una nota al pie de página la fecha de su deceso. No se admiten nombres ficticios o pseudónimos. Al enviar el manuscrito, el autor que lo somete deberá contar con el consentimiento de todos los coautores.
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Seguir las reglas establecidas para el tratamiento de animales de laboratorio en caso de ser utilizados en la investigación. Todos los artículos en los que se realicen experimentos con animales deben cumplir las normas de ética exigidas internacionalmente.
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No utilizar imágenes manipuladas ni tomadas de sitios de internet, o de otros investigadores o fuentes sin el consentimiento de estas.
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Contar con la autorización de su institución, por escrito, para comunicar los resultados de las investigaciones (de manera que no se difunda información sensible, objetivos protegibles, otras informaciones patrimonio de las instituciones)
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Declarar los conflictos de intereses (de existir).
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Responder exhaustivamente, en tono cordial, claro y con los elementos técnicos adecuados, los señalamientos del proceso de evaluación por los pares académicos, previos al dictamen final y en lo posible a cumplir los plazos establecidos por el Consejo Editorial.
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Transferir los autores sus derechos de autor a la editora una vez aceptado el original, de acuerdo con lo establecido en el presente código.
III. DEFINICIONES
a.- Error: La omisión no intencional o no reconocida de un resultado o detalle experimental o la mala interpretación de datos.
b.- Fraude: Indica la creación deliberada, falsificación u omisión de datos. Socava la actividad científica desde todo punto de vista.
c.- Plagio: Es la representación de un trabajo ajeno de cualquier forma que parezca el propio sin el adecuado reconocimiento apropiado. Es plagio la apropiación de ideas, resultados, procesos y escritos sin dar el crédito apropiado a su autor y aparecer como si fueran propios del que suscribe. Plagio es hacer copias literalmente, o casi literales, parafrasea el trabajo de texto, o resultados de otros, sin el reconocimiento de su origen (sin citar el autor, trabajo y revista).
d.- Artículo duplicado: Representa la reproducción, de manera inaceptable, de resultados del propio autor publicados antes, sin el reconocimiento del origen.
e.- Faltas de conducta : Fabricación, falsificación, plagio u otra desviación seria de las prácticas aceptadas para proponer, realizar o informar resultados de investigación; falla material en el cumplimiento de los Requerimientos Estatales, Locales e Institucionales que protegen asegurar el bienestar de animales de laboratorio; e incapacidad de acogerse a otros requerimientos legales que regulan la investigación.
Formas adicionales de faltas de conducta científica involucran: (1) someter simultáneamente un mismo artículo a más de una revista sin informar a los editores comprometidos; (2) una falta de consentimiento por parte de los coautores (un trabajo científico en colaboración indica que todos los individuos que han participado genuinamente en la investigación, ya sea en un sentido conceptual o práctico, tienen completo conocimiento y están totalmente de acuerdo con el contenido del artículo); (3) una falta de agradecimiento del apoyo financiero.
- Se deberá hacer una clara distinción entre error y fraude. El primero se podrá tolerar, pero una vez reconocido se deberá corregir. El último no se puede perdonar bajo ninguna circunstancia.
IV. EL CÓDIGO DE ÉTICA COMO MARCO DE REFERENCIA
El objetivo de este Código de ética es brindar principios generales para guiar la conducta de los científicos e inspirarlos para que actúen, de acuerdo a su ética, en sus actividades profesionales.
Este Código de ética no se deberá usar como un instrumento para privar a cualquier individuo de la oportunidad o libertad de practicar la investigación científica con completa integridad profesional. No se deberá tomar ninguna medida sobre la base del Código de ética sin las máximas previsiones de salvaguardar los derechos y la confidencialidad del individuo afectado.
V. PRÁCTICA DE LA INVESTIGACIÓN Y DE LA ACTIVIDAD ACADÉMICA
En la práctica de la investigación y de actividades académicas, los autores que publican en la revista deberán aceptar la responsabilidad acerca de las consecuencias de sus actos. Esto incluye la selección de sus temas de investigación y los métodos usados en su investigación, análisis e informes. Deberán buscar y declarar la verdad tal cual la ven y así practicar honestidad intelectual. Se deberá realizar todo esfuerzo para planear la investigación y así minimizar la posibilidad de hallazgos engañosos; se deberá proporcionar una discusión cuidadosa de las limitaciones de sus datos.
En la publicación de informes de sus trabajos, solamente deberían dar crédito del trabajo que realmente han realizado así como evitar relaciones que pudieran limitar su objetividad, crear un conflicto de interés o comprometer su libertad de investigación.
Los derechos de la propiedad intelectual de todos los investigadores participantes se deberán proteger dando crédito adecuado del resultado de su investigación.
Fomentar la honestidad intelectual, la articulación de políticas institucionales que promuevan la lealtad de la investigación; la discusión de éticas de investigación para incrementar la mera conciencia de un conducta adecuada; y el énfasis sobre la calidad, más que sobre la cantidad de la investigación, como un criterio para reconocer la actividad académica.
VI. ÉTICA EN LA INVESTIGACIÓN HUMANA
La investigación debe ser científicamente sana, con una perspectiva de beneficio identificable. Antes de iniciar cualquier investigación, se debe obtener el consentimiento presentado voluntariamente por todos los involucrados; los autores se deben retirar del proyecto de investigación apenas exista alguna indicación de un posible daño ya sea físico o psicológico que puedan sufrir como consecuencia de ser sujetos de experimentación. Se debe proteger la privacidad de los investigadores. Los resultados deberán escribirse de forma honesta y precisa.
VII. ÉTICA EN LA INVESTIGACIÓN CUANDO SE EMPLEAN ANIMALES DE EXPERIMENTACIÓN
Todas las contribuciones que utilicen animales de experimentación deben cumplir con el código de ética internacional.
Un investigador que usa animales de experimentación deberá esforzarse por tratarlos humanamente. A pesar de los reglamentos y leyes, la protección inmediata del animal depende de la conciencia del propio científico. En la búsqueda de estos propósitos, el investigador deberá garantizar:
- La adquisición, cuidado, uso y eliminación de animales; los cuales estarán acorde con los reglamentos prevalecientes en la jurisdicción de la institución. El cuidado de animales de laboratorio será importante para asegurar que se considere adecuadamente su bienestar, salud y trato humano. Todos los científicos deberán garantizar que todos los individuos que usen animales bajo su supervisión hayan recibido instrucciones explicitas acerca de los métodos experimentales y del cuidado, mantenimiento y manipulación de las especies que se estén usando.
- Las responsabilidades y actividades de los individuos que participan en proyectos de investigación deberían ser coherentes con sus respectivas competencias; las cirugías se deberán realizar bajo adecuada anestesia; durante y después de la cirugía se deberán aplicar técnicas para evitar infecciones y minimizar el dolor; y cuando sea apropiado ponerle fin a la vida de un animal, se hará rápidamente y sin sufrimiento. Los artículos que tengan incluidos trabajos con animales deberán presentar al Comité editorial las autorizaciones en el comité de ética de la institución que representan.
VIII. ACUERDO CON RELACIÓN AL DERECHO DE AUTOR DE UN ARTÍCULO
Con el fin de garantizar la más amplia difusión y la protección del material publicado en nuestra revista, le pedimos a los autores transferir al Comité Editorial de la Revista de Salud Animal los derechos de autor en los artículos que aportan. Esto nos permite garantizar la protección contra infracción.
Esta transferencia garantiza que se ha obtenido la autorización necesaria por escrito del propietario del Derecho de Autor, o autoridades competentes, para la reproducción del artículo, sus ilustraciones, fotos, tablas, gráficos u otro material que se requiera. El autor, en su transferencia, garantiza que los de Derechos de Autor de las partes incluidas en el artículo corresponden a su trabajo original y no infringe los derechos de propiedad intelectual de cualquier otra persona o entidad y no constituyen plagio de otro trabajo publicado.
El autor garantiza, además, que el artículo no está actualmente en poder o en consideración de ninguna otra revista o publicación, ni ha sido previamente asignado o autorizado a cualquier tercero y que se compromete a que la versión completa de referencia no será publicada en otro sitio sin el consentimiento previo por escrito del Comité Editorial de la Revista de Salud Animal.
Además, el autor garantiza que el artículo no contiene ninguna afirmación que sea abusiva, difamatoria, calumniosa, obscena, fraudulenta, que no viola de forma alguna los derechos de otros ni ninguna otra forma ilegal o que viole las leyes aplicables.
El autor garantiza que ha revisado nuestro Código Editorial de Ética y Conflictos de Intereses en nuestra política de divulgación.
Si el artículo ha sido elaborado conjuntamente con otros autores, el autor garantiza que ha sido autorizado por todos los coautores para firmar el presente Acuerdo como representante en su nombre, y que llegó a un acuerdo en el orden de los nombres que aparecen en la publicación del artículo.
Este acuerdo (y cualquier litigio, procedimiento, reclamo o controversia en relación con ella) está sujeta al Derecho Cubano y la jurisdicción de los Tribunales de la República de Cuba.
MODELO DE CESIÓN DE LOS DERECHOS PUBLICACIÓN
Yo _____________________________________ asigno los derechos de autor del manuscrito y todos los cuadros adjuntos, ilustraciones, datos, fotos, tablas, gráficos u otro material y cualquier otra información complementaria al Comité Editorial de la Revista de Salud Animal para que sea publicado en todas las formas en que se presente la Revista de Salud Animal en todo el mundo, en los idiomas que se consideren, para el periodo completo de los derechos de autor, considerando siempre, que el artículo sea aceptado para su publicación.
Por otra parte confirmo que estoy autorizado por mis coautores a la concesión de esta licencia como representante en su nombre. Para evitar toda duda, esta asignación de los derechos de autor incluye el derecho a suministrar el artículo en forma electrónica y en línea.
La Revista de Salud Animal concede a los autores sus derechos a publicar sin restricciones. Igualmente, autoriza a los autores a realizar depósito de su artículo en el repositorio de la institución, en un repositorio temático y en una red social profesional.
Confirmo que he leído y acepto los términos completos del acuerdo en relación con Derecho de Autor la Revista de Salud Animal adjunto a este MODELO, incluido mis garantías de autor, y que he leído la política de la Revista expresada en su Código de Ética
Firmado: ________________________________
Nombre Impreso: _____________________________
Nombre de la empresa (si un representante): _____________________________________
Fecha: _________________________________.
IX. CONFLICTO DE INTERÉS
El conflicto de interés, relacionado con un artículo publicado en las revistas, se produce si este hecho favorece circunstancias en las que un individuo puede obtener una ganancia financiera personal o ubicarse en una posición de futura ventaja personal de naturaleza financiera u otro tipo por medio de la participación de un proceso de toma decisión. El conflicto de interés también puede involucrar un fraude potencial. De ahí que se debe evitar el conflicto de interés en la conducta de la investigación científica y otras actividades.
Un conflicto de interés aparente, muchas veces puede ser tan perjudicial como un acto real de conflicto de interés financiero. En la Institución de un investigador o en las Asociaciones pertinentes de deberá realizar la revelación total de cualquier conflicto de interés potencial.
Los miembros del Comité editorial y Comité de redacción en caso de que se presente un conflicto de interés deberán participar en las discusiones o decisiones en el resultado de las deliberaciones. Todo se documentará y se mantendrán las partes al tanto con total transparencia.
X. PUBLICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN
Se deberán incluir como autores del trabajo para publicar a aquellos individuos que hayan hecho contribuciones significativas en cuanto a dirección científica, alcance o profundidad del mismo. La ejecución de ensayos de rutina o el suministro de muestras y/o reactivos se deberá nombrar en los agradecimientos, pero no justifica un trabajo en colaboración.
El suministro de recursos, como el espacio de laboratorio, la instrumentación para la investigación sin haber estado involucrada directamente en un proyecto, no son motivos que justifiquen un trabajo en colaboración. No es apropiado por parte de supervisores, jefes de sección o de departamento insistir para ser incluidos como autores de un trabajo únicamente en reconocimiento de su posición.
El autor/investigador principal asume la responsabilidad de establecer la lista y el orden de los autores. Cada autor deberá ser capaz de defender los métodos y datos pertinentes a su contribución específica. Ante todo, los manuscritos deben representar una reflexión exacta de los métodos usados y de todos los datos obtenidos. El autor principal debe enviar una declaración de autores y el orden de acuerdo a sus aportes.
Los artículos originales, artículos reseñas, comunicaciones cortas, cartas al editor y reportes de caso serán considerados publicaciones dentro de la revista.
Es responsabilidad del editor, árbitros y revisores mantener las versiones de estos artículos en la medida que se vaya realizando cada parte de su revisión.
XI. PUBLICIDAD DE LAS PUBLICACIONES
La publicidad de las publicaciones de la revista debe ser considerada y puesta en marcha con la dirección del centro en aras de satisfacer y mejorar la visibilidad de la publicación.
XII. INFORME SOBRE FALTAS DE CONDUCTA Y SANCIONES
La revista se reserva el derecho de sancionar a los miembros por faltas de conducta científica a no publicar sus artículos o no algún otro del investigador en cuestión. Los editores tratarán confidencialmente cualquier informe sobre violaciones del Código de Ética.
La sanciones no se implementarán sin aprobación previa por parte de la dirección del Centro Nacional de Sanidad Agropecuaria, CENSA.
XIII. RESUMEN
El Código de ética compromete el nivel de profesionalidad de los representados; es la máxima expresión de nuestra ética profesional. El código de ética es un compromiso de honor y es responsabilidad de cada miembro adherirse a él.